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La Ilustración Liberal

La defensa de los cuatro

Parece un día normal, yo sé que no lo es. Son las 8:30 a.m. del 1 de marzo de 1999. El auto se detiene exactamente en 100 y 33, Marianao, municipio capitalino situado en la periferia de la Ciudad de la Habana. Desciendo, cierro la puerta delantera y le pago al chofer.

En la calle 100 una larga barrera de madera, custodiada por numerosos agentes del Ministerio del Interior, me impide el acceso por la calle 33, al área del Tribunal Provincial de la Habana. Intento seguir.

-No puede pasar -me dice uno.
-Mire, soy el abogado -replico y hago por identificarme.
-Ese es Izquierdo -interviene, terminantemente, un moreno fornido, con pantalón negro y guayabera blanca.

Paso. Detrás van quedando numerosas personas, la mayoría vestidas de civil, casi todos hombres, situados a todo lo largo de la calle 100, hasta el Obelisco, rotonda que une la calle 100 con la avenida 31. Están tensos y vigilantes. No les interesa disimular que son agentes de la policía política.

Mientras recorro los más de 70 metros que me separan de la entrada del Tribunal, no puedo dejar de pensar en los cerca de 100 opositores detenidos por la policía, o retenidos en sus casas para evitar que asistieran al juicio.

Ya en el interior del edificio, una robusta y amplia construcción de dos plantas, quizás de los años cincuenta, pintado de azul, con las paredes descascaradas, me dirijo al patio. Cerca de un banco, de pie, está María, la esposa de Félix Antonio Bonne Carcassés, mi representado. Me informa que ya trajeron a los acusados y me señala una puerta custodiada por dos agentes del Ministerio del Interior.

Me identifico y entro en la Sección Civil del Tribunal, convertida en una gran celda. A mi izquierda, sentado en un banco, se encuentra René Gómez Manzano, presidente de la Corriente Agramontista. No puedo acercarme. Nos saludamos con la mirada. No estaba convencido, aunque lo sospechaba, que tendría que defenderlo, pues aún guardaba la esperanza de que, en el último momento, le permitieran autodefenderse.

Frente a mí, algo alejado, está Vladimiro Roca, también sentado, tranquilo, sereno.

A mi derecha, al final, veo a Bonne. Dos de los tantos custodios que están en el interior nos conducen a una pequeña habitación y nos dejan solos. Conversamos, una vez más. Momento difícil. Estoy convencido que los cuatro son inocentes. Ellos también lo saben, no sólo por ser personas de gran cultura y talla intelectual, sino, además, porque en el grupo de trabajo de la Disidencia Interna se encuentra uno de los abogados más capaces de la nación : René Gómez Manzano. No obstante, también sé que en Cuba, en estos casos, independientemente de la inocencia de los acusados y la defensa del letrado, que siempre tiene que ser excelente, lo máximo que puede lograrse es una rebaja de la sanción solicitada por el Ministerio Fiscal o, muy excepcionalmente, una pena no privativa de libertad. No conozco un solo caso de un disidente, acusado de un delito político, que haya salido absuelto. Es frustrante, pero es así.

Alrededor de las 9:30 se constituye la Sala de Delitos contra la Seguridad del Estado. La preside Plácido, su titular, y la componen además dos jueces profesionales y dos legos. Por la fiscalía interviene la célebre Edelmira Pedriz, con oficina propia en Villa Marista, sede de la policía y, a pesar de ser una mujer joven, una vieja conocida de la disidencia cubana.

La secretaria de siempre, Vicky, comienza a decir los nombres de los acusados, que, a medida en que se les nombra, se acercan uno a uno a los estrados y, a pregunta del Presidente, se van declarando inocentes. Luego se vuelven a sentar en el banco de la primera fila de los asientos situados a la izquierda de la inmensa sala, delante de una hilera de agentes del Ministerio del Interior, quienes, sentados, permanecen atentos a su menor movimiento. Cuando le toca su turno, Manzano pregunta por qué no se le permite asumir su autodefensa, solicitada en tiempo y forma. El Presidente lo interrumpe y le dice que, en flagrante violación del Decreto de Ley 8 de 1984, dictado por el Consejo de Estado, en su momento la Sala dictó un auto denegando su petición de autodefenderse.

Seguidamente, Plácido se dirige a Marta Beatriz Roque Cabello, presidenta del Instituto Cubano de Economistas Independientes, y le pide que escoja entre los letrados a uno que la defienda, pues su abogado designado no se hallaba presente. Ella elige a Amelia, la defensora de Vladimiro. Manzano, cuando le preguntan, me selecciona a mí. A continuación, la secretaria lee las conclusiones provisionales de la Fiscalía y, posteriormente, las de la defensa. Tenemos que escuchar la archiconocida y disparatada petición de 6 años de privación de libertad para Vladimiro Roca y cinco para cada uno de los demás acusados, por el supuesto delito de Incitación a la Sedición, previsto en el Artículo 125-C, en relación con el 100-C del Código Penal.

Mientras se escucha la lectura de los hechos presuntamente delictivos, leídos en voz alta por la secretaria, los asistentes al juicio reflejan reacciones diversas que van desde la aprobación forzada de unos pocos, expresada en gestos de tonto asentimiento, hasta una disimulada indiferencia de la mayoría. Como miembros del Partido Comunista y de las Brigadas de Respuesta Rápida, más que espectadores parecen lo que son: vigilantes. iQué contraste con los rostros serenos y dignos de los cuatro acusados y la preocupada atención de sus familiares, sólo nueve en total!

Evoco en ese instante los juicios a los notables disidentes Leonel Morejón Almagro., brillante abogado y delegado nacional de Concilio Cubano; Lázaro González Valdés, vicedelegado; Roberto A. López Montañez y Reinaldo Alfaro García, entre otros de los que también fui abogado defensor. La misma receta.

Inesperadamente, antes de comenzar la práctica de las pruebas, la fiscal solicita del presidente de la Sala la admisión de, al menos, cinco peritos "ideológicos" y un testigo en contra del Vladimiro, no propuestos en el trámite de calificación y, en la práctica, solo admitidos por excepción, y después de culminada la práctica de las pruebas propuestas por las partes. De nada valió mi protesta por considerar que ninguno debía ser aceptado, pues no aportaban nada al debate penal por ser totalmente ajenos a los hechos imputados. El presidente era el mismo juez que en el juicio a Reinaldo Alfaro García, vicepresidente de la Asociación de Lucha Frente a la Injusticia Nacional, AIFIN, el 28 de agosto de 1998, me denegó cinco testigos de descargo propuestos en tiempo y forma, que hubieran demostrado, aún más de lo que se demostró, la inocencia del acusado. Pues bien, ese mismo presidente aceptó los cinco peritos "ideológicos" y el nuevo testigo. Visiblemente contrariado, permitió que la secretaria consignara mi protesta en el Acta.

La escena estaba montada, bien montada. Cuatro patriotas cubanos son enjuiciados en un tribunal tomado militarmente, apartado del centro de la ciudad -el juicio se debió celebrar en la Sala de Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Provincial Popular de Ciudad de La Habana- en presencia de un público cómplice y ante las cámaras de la televisión oficial.

La fiscal solicita que la práctica de las pruebas comience por René Gómez Manzano, quien hace como acusado lo que se le impide hacer como abogado, un excelente alegato técnico-jurídico, que echa por tierra todos los hechos imputados y su calificación. Cuando termina, el presidente concede un receso de 40 minutos.

De vuelta a los estrados, la fiscal comienza el interrogativo, con marcada prepotencia y arrogancia. Es inútil, todas las respuestas son certeras y firmes. El objetivo de los acusados es alcanzar en Cuba un cambio democrático por la vía pacífica.

Después le sigue Bonne. Ratifica que el Grupo de Trabajo de la Disidencia Interna es un grupo de reflexión y debate sobre los principales temas del acontecer nacional, económicos, políticos y sociales. Habla con la convicción de quien es presidente de la Corriente Cívica Cubana y con la maestría del ex profesor titular de Ingeniería.

Vladimiro Roca, líder del Partido Socialdemócrata Cubano, expone con mesura y valentía sus puntos de vista sobre la realidad cubana, sus convicciones socialistas -lo que motiva que el presidente, desde su privilegiada pósición, le formule, cuestionándolo, numerosas preguntas, las cuales son respondidas con dignidad- en contradicción con los lineamientos del Estado cubano.

Marta Beatriz Roque Cabello no hace una declaración propiamente dicha, y no contesta ninguna pregunta. Sólo desea decir unas palabras y así lo hace. Plantea que la culpa de todo lo que pasa en Cuba la tiene el Gobierno cubano por no sentarse a hablar con la oposición, y que volvería a hacer todo lo que hizo hasta el momento. Una mujer valiente.

Nuevo receso. A continuación comienza la prueba pericial. Los peritos no se salen del guión. Hacen una interpretación sui generis de los documentos en los que se encuentran los hechos imputados, y tratan de situar, como era de esperar, el debate penal en el marco del conflicto histórico entre los gobiernos cubano y norteamericano, para soslayar lo esencial: la contradicción entre el pueblo, cuya genuina representación es el movimiento disidente, y el Estado cubano. Es demasiado.

Protesto una vez más: nada de lo que dicen los peritos tiene que ver con los hechos por los cuales se les exige responsabilidad penal. A los acusados no se les imputa como delito todo el contenido de los documentos (La patria es de todos, Carta a los empresarios extranjeros, los Principios Arcos, Llamamiento al pueblo cubano, Llamamiento a los compatriotas del exilio y Declaración) sino pequeños fragmentos seleccionados por la fiscalía, y sacados fuera de contexto, con mala fe, en los cuales los acusados hacen alusión, en síntesis, a la abstención electoral, el derecho ciudadano de votar o no hacerlo, de pertenecer o no a las organizaciones de masas, y a lo contraproducente de las inversiones extranjeras, por lo que piden a los empresarios que, de invertir, adopten los principios Arcos y contraten directamente a los trabajadores. Del documento La patria es de todos -crítica contundente a las tesis del V Congreso del Partido Comunista-, a pesar de ser el que desencadena la detención de los Cuatro, el 16 de julio de 1997, sólo se les imputa como delito la convocatoria a elecciones con supervisión internacional.

No obstante, la Fiscal, en su informe de más de una hora, después de varios recesos más, ante la imposibilidad de probar la responsabilidad penal de los acusados, intenta vincularles con el gobierno norteamericano, el bloqueo económico y la Ley Helms-Burton, o sea, con los típicos chivos expiatorios de la ineficacia y el anacronismo del Estado cubano, con independencia de cualquier valoración ético-jurídica.

A continuación informa Amelia, la abogada de Vladimiro y de Marta Beatriz, y explica, con fundamento, las razones por las cuales los considera inocentes.

Es mi turno. La política inunda la sala. ¿Cómo evitar que se dicte un fallo político y la consumación de una gran injusticia? Es imposible, lo sé, pero informo pensando en que se puede hacerlo, pues defiendo a cuatro inocentes. La diatriba de la Fiscal y su petición de que los acusados fueran sancionados severamente es pura retórica. Explico los elementos históricos del delito de sedición, llamado originalmente, en Roma, tumultus, y actualmente en la doctrina iberoamericana, rebelión en pequeño, por lo que no puede existir sedición sin tumulto ni violencia, como lo exige, además, el artículo 100 del Código Penal Cubano.

Argumento que lo único que demostró la prueba practicada fue la inocencia de los acusados. No es difícil, es elemental. Opinar, reflexionar, no es incitar.

No se puede probar lo que es imposible de probar. La causa de 1998, para su solución técnico-jurídica, no requería de peritos ni testigos. Bastaba con analizar si los hechos imputados, aun en el caso hipotético de admitirlos íntegramente, constituían delito o no. Es notorio que no. Ninguno está prohibido por la ley penal cubana, ni siquiera constituyen una contravención.

Es más, y ello es lo más importante, para que los acusados sean culpables, tendrían que haber incitado a una acción violenta o tumultuaria. Ni en los fragmentos calificados de delito, ni siquiera en el conjunto de los textos de todos los documentos, existe una sola frase que insinúe la posibilidad de una acción violenta o tumultuaria.

Rebato, indignado, el planteamiento, no por esperado y tonto, menos humillante, de que los acusados eran meros agentes del imperialismo norteamericano. Al final, solicito la absolución de René Gómez Manzano y de Félix Antonio Bonne Carcassés, pues sería la única forma de desmentir al gran maestro pisano, Francesco Carrara, paradigma de la escuela clásica de derecho, cuando dijo: "En cualquier tiempo, cuando la política entra por las puertas del templo, la justicia huye despavorida por la ventana para volver al cielo". Que esto no pase, digo, doy las gracias y termino. Y con ello termina el juicio.

Son cerca de las once de la noche. Llevamos más de trece horas de juicio. Después de conversar unos minutos con los acusados, salgo rumbo a la calle, en compañía de Jorge Manzano, hermano de René, la esposa de Vladimiro, y María. Nos separamos en 100. Atrás quedan los Cuatro, los presos políticos cubanos con mayor apoyo internacional en los últimos cuarenta años. La incógnita no es si saldrán en libertad o no, sino qué sanción les impondrán. La respuesta vendría con la infame sentencia del 15 de marzo de 1999: cinco años de privación de libertad para Vladimiro Roca; René Gómez y Félix Antonio Bonne, cuatro años, y tres años y medio para Martha Beatriz Roque.

Me convencí, entonces, que había realizado mi último juicio en Cuba.

Número 3

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