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Guadalupe Sánchez Baena

La consagración legal del "hermana, yo sí te creo"

Se trata de una reforma no sólo innecesaria en cuanto a sus premisas, sino también contraproducente en cuanto a sus resultados.

Se trata de una reforma no sólo innecesaria en cuanto a sus premisas, sino también contraproducente en cuanto a sus resultados.
Irene Montero | EFE

El populismo nace del descontento, crece entre los que se arrogan la representación social del movimiento, se reproduce en los partidos políticos tradicionales a los que infecta y muere cuando fracasa, dejando tras de sí un reguero de inestabilidad, incertidumbre y miseria. La duración de los ciclos populistas dependerá siempre de la credulidad de los ciudadanos y su predisposición a consumir un relato inexacto, infantil y moralizante de la realidad. Porque como tantas otras veces he afirmado, el arte del populismo consiste en evitar que la verdad comprometa a la ideología.

Mientras el público trata de deglutir sin atragantarse la narrativa efectista que aboga por el cambio, el populista aprovecha para instrumentalizar la ley y asaltar las instituciones. Porque, desde hace ya muchos años, las revoluciones no se hacen a pie de calle sino a través del BOE, lo que contribuye a que el ciudadano no sea consciente de que lo que se persigue no son avances sociales, sino un verdadero cambio de régimen. Los cielos ya no se asaltan desde las plazas, sino desde los despachos y ministerios.

Para que sea apto para el consumo y su comercialización resulte un éxito, el relato requiere de un notable grado de oficialidad, que se consigue no sólo involucrando a políticos —cuya implicación se da por sobreentendida— sino también a los llamados "expertos", esto es, personas del ámbito intelectual y académico que, mediante la repetición machacona de eslóganes y consignas amplificadas por los medios de comunicación, consiguen que nos despistemos de lo verdaderamente acontecido y asumamos una versión de los hechos acomodada a determinados intereses electorales y propagandísticos. La verdad pasa también a ser algo relativo, producto de la autopercepción, sin correspondencia con la realidad.

Una buena manera de observar cómo funciona en la práctica esta maquinaria es prestar atención a los acontecimientos acaecidos en torno a la aprobación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, conocida popularmente como ley del "Sólo sí es sí": desde un punto de vista estrictamente punitivo, se trata de una reforma no sólo innecesaria en cuanto a sus premisas, sino también contraproducente en cuanto a sus resultados, pues empeora notablemente la regulación hasta ahora vigente.

Mientras que los relatores oficiales y oficiosos se empeñaban en convencernos de que los cambios legislativos eran necesarios para que, por fin, se "colocase el consentimiento en el centro", lo cierto y verdad es que las relaciones sexuales no consentidas son delito en nuestro país desde hace mucho tiempo, incluso antes de aprobarse el Código Penal de 1995. Desde el siglo XIX, el eje en torno al cual la ley y la jurisprudencia han configurados los delitos sexuales es el consentimiento.

Así que no importa quién lo diga y cuantas veces lo repita: no es cierto que, antes de esta reforma, las mujeres tuviesen que demostrar que opusieron resistencia a su agresor o que, gracias a ella, se evitarán casos como el de La Manada. Fíjense hasta qué punto llega el cinismo de nuestros relatores patrios que se atreven a rememorar la polémica artificial generada en torno a aquel caso, poco menos que dando a entender que los autores fueron absueltos, cuando lo que realmente sucedió es que fueron sentenciados a quince años de prisión por un delito de agresión sexual, aunque la víctima no opuso resistencia e incluso declaró no haberse sentido intimidada. Una condena que, tras la reforma, podría haber sido inferior.

Ya ven, después de tanta fanfarria triunfalista celebrando la aprobación de la ley, llega la hora de enfrentar las consecuencias de su aplicación: su deficiente redacción y escasa calidad técnica contempla penas inferiores para los autores de este tipo de delitos. Gracias a ello, abusadores y agresores condenados en firme han comenzado a solicitar una reducción de la pena en aplicación del principio de retroactividad de la ley penal más favorable contemplado en el art. 2.2 del Código Penal.

Otra de las grandes chapuzas que presenta la reforma es la desaparición de la distinción entre abuso y agresión sexual: todas las relaciones sexuales no consentidas se consideran agresiones. Más allá de la cuestión nominativa, conviene destacar que la imprecisión y falta de claridad con las que se han tipificado los elementos integrantes del delito, tanto para el tipo básico como para los subtipos agravados o atenuados, ha redundado en un aumento significativo del margen interpretativo de los jueces. ¿Esto qué significa? Que, ante un hecho sustancialmente idéntico, encontraremos condenas diferentes: lo que para unos resultará merecedor de la pena de prisión, para otros lo será de multa. La nueva ley no sólo nos trae ideología, sino que también es una bazofia que deja tocados los principios de proporcionalidad y tipicidad sobre los que se construyen los sistemas punitivos liberales.

Pero arribamos a la madre del cordero, que no es otra que la del consentimiento. Aunque en el anteproyecto se requería que fuese explícito, esta exigencia se suprimió tras un demoledor informe del CGPJ. Aun así, no son pocos los elementos que arrojan importantes interrogantes: que se exija que el consentimiento se manifieste mediante "actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona", ¿significa que la falta de claridad en la expresión de la voluntad por parte de la denunciante redundará en perjuicio del reo? Es evidente que esta definición del consentimiento, manifiestamente mejorable, tendrá que ser interpretada por los tribunales de forma que se garantice su encaje constitucional y el respeto del derecho a la presunción de inocencia. Porque el consentimiento era y va a seguir siendo una cuestión de prueba cuya carga corresponderá a la acusación.

Puede que esta última frase lleve a muchos a cantar victoria, pensando que no han conseguido llevar a la ley el infame eslogan del "hermana, yo sí te creo". Mas siento defraudarles: aunque su presencia no se hace notar en la parte punitiva de la reforma, sí que aparece con fuerza en la administrativa, concretamente en la que se refiere a las prestaciones económicas a las que pueden acceder aquellas a quienes la norma denomina "víctimas acreditadas" de agresiones sexuales. En este aspecto en concreto, la ley las equipara, en el artículo 41, a las víctimas de violencia de género y hace remisión expresa a la normativa reguladora.

Concretamente, resulta de aplicación el procedimiento contemplado en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad publicado en el BOE de 13 de diciembre de 2021, que en su artículo segundo establece que podrá solicitar la acreditación administrativa no sólo la víctima que haya obtenido una resolución judicial (sentencia condenatoria, orden o informe del Ministerio Fiscal), sino también la que haya presentado una denuncia o incluso esté considerando la posibilidad de denunciar. Hasta podrá solicitarse con una sentencia absolutoria o resolución que ordene el sobreseimiento o archivo, correspondiendo la decisión a los servicios sociales.

¿Y esto qué significa? que la burocracia autonómica podrá dotar de entidad jurídica a aquello que los tribunales todavía no han sentenciado o incluso han descartado por no considerado probado, consiguiendo así en el ámbito administrativo lo que no pueden obtener en el penal: que el "hermana, yo sí te creo" desplace a la presunción de inocencia. Que las sentencias sean relegadas por informes de los "expertos en igualdad".

No debería de generarles sorpresa que esta consagración administrativa del "hermana, yo sí te creo" contribuya en un futuro próximo al incremento exponencial de las denuncias por este tipo de delitos, de las cuales un porcentaje no desdeñable serán instrumentales. Qué duda cabe que esto movilizará, como siempre, una cantidad ingente de recursos que se distraerán del que debería ser su verdadero objetivo: asistir a las víctimas reales, las grandes olvidadas por este feminismo peronista.

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